Ayudas y subvención para TDT y 2º dividendo en comunidades vecinos

La puesta en marcha del segundo dividendo digital ha hecho necesario que las administraciones pongan a disposición de los ciudadanos una serie de ayudas que les permitan afrontar los gastos para acceder a los servicios de radiodifusión. El objetivo de estas medidas es que la liberación de la banda de frecuencias 694-790 MHz tenga un impacto minimizado sobre el consumidor.

Las ayudas tendrán forma de subvenciones y serán otorgadas por la entidad pública empresarial Red.es de forma directa. Estas subvenciones, tal como marca la Unión Europea, se limitarán únicamente a cubrir los costes necesarios y realizados para la adaptación de la infraestructura común para la recepción de los canales disponibles anteriormente en la banda de frecuencias de 700 MHz. A continuación se muestra una gráfica donde se indica los cambios de canales de TV que sufrirán las áreas de Marid y Barcelona. Mientras que en esta última zona, no se verá tan afectada, las frecuencias en Torrespaña se ven afectadas de la siguiente manera.

Así quedarán los canales en las áreas de Madrid y Barcelona en el segundo dividendo digital de 2020.

Cuantía de las ayudas del segundo dividendo digital

Podrán recibir ayudas las edificaciones regidas en comunidad de propietarios y sujetas al régimen de propiedad horizontal que cuenten con sistemas de recepción afectados por el proceso de liberación del segundo dividendo digital, y que se realicen entre el 1 de junio de 2019 y el 30 de septiembre de 2020. También podrán solicitarlas las comunidades de propietarios de un edificio o conjunto de edificios sujetas al régimen de propiedad horizontal establecido en el artículo 396 del Código Civil, así como en los correlativos de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal.

Se han establecido diversos tipos y cuantías de ayudas que dependen de la instalación de cada comunidad o usuario y de los sistemas de recepción de televisión ya instalados. Además, se limita la subvención a una ayuda por comunidad de propietarios, aunque la solicitud podrá abarcar la financiación de las actuaciones subvencionables en cada una de las cabeceras de recepción de televisión digital instaladas.

¿Quién debe pedir las ayudas?

La empresa instaladora entregará un boletín de instalación identificando el detalle de los trabajos realizados, incluyendo tanto la descripción del equipamiento previamente instalado, con identificación del tipo de instalación y, en su caso, el número de cabeceras que la configuran, como la actividad realizada, señalando el equipamiento adicional que se haya instalado y el número de múltiples digitales afectados por el segundo dividendo digital. La solicitud deberá ir acompañada de la factura correspondiente a la actuación, del boletín de instalación correspondiente a la adaptación realizada y de la copia del documento que acredite la titularidad a favor del beneficiario de la cuenta bancaria donde se realizará el abono de la subvención.

No se admitirán las solicitudes que se presenten más allá del día 30 de septiembre de 2020, fecha en la que deberá hacerse finalizado la actuación subvencionable en el edificio.

Ayudas y subvención para TDT en comunidades vecinos

Los costes orientativos que se establecen como cuantía máxima de la subvención son los siguientes en función de la infraestructura afectada.

Infraestructura de recepción de televisión TDT que NO requiere de la instalación de equipamiento adicional,

  • Independientemente del número de múltiples digitales: 100 €.

Infraestructura de recepción de televisión TDT que SI requiere de la instalación de equipamiento adicional

  • Para un múltiple digital: 150 €.
  • Para dos múltiples digitales: 250 €.
  • Para tres múltiples digitales: 350 €.
  • Para cuatro múltiples digitales: 450 €.
  • Para cinco múltiples digitales: 550 €.
  • Para seis múltiples digitales: 650 €.
Mapa con la situación actual del dividendo digital 2020