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Cumplir la normativa de videovigilancia en comunidades de propietarios

Escrito por Digital Mantenimientos | 11/11/25 7:00

Introducción

En 2025, la instalación y gestión de sistemas de videovigilancia en comunidades de propietarios presenta nuevos retos legales y técnicos.

Este artículo está dirigido a presidentes de comunidades, administradores de fincas y responsables de mantenimiento, y ofrece una guía clara con los pasos clave, la normativa más reciente y recomendaciones para asegurar cumplimiento y eficacia.

 

¿Qué normativa vigente afecta a las cámaras de seguridad en comunidades en 2025?

 

Ley de Propiedad Horizontal (LPH)

La Ley de Propiedad Horizontal exige que la instalación de cámaras en zonas comunes se apruebe por junta y, normalmente, con mayoría cualificada (por ejemplo 3/5 partes). Fincas Madrid y Guadalajara+1

Protección de Datos y videovigilancia

Las grabaciones captan datos personales, por lo que se aplica la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Prevent+2AEPD+2

Guía actualizada de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

En febrero de 2025 se publicó una guía actualizada sobre videovigilancia que incluye supuestos concretos para comunidades de propietarios. AEPD

 

Obligaciones clave para comunidades de propietarios

 

Ámbito de captación

  • Las cámaras solo pueden grabar zonas comunes del edificio (pasillos, garajes, vestíbulos). AEPD+1

  • No está permitido captar la vía pública, terrenos o viviendas colindantes, salvo una franja mínima justificada. AEPD+1

Información a los propietarios

  • Colocar carteles visibles de “zona videovigilada” con el responsable del tratamiento. Securitas Direct+1

  • En los reglamentos de la comunidad debe constar la autorización de la junta para la instalación. Fincas Madrid y Guadalajara

Acceso y conservación de las grabaciones

  • Cabe definir quiénes tienen permiso de acceso (administrador, presidente, técnico de mantenimiento). Securitas Direct+1

  • Conservación de imágenes: debe definirse un plazo razonable (por ejemplo 30 días), salvo que exista uso legítimo posterior. El País+1

Evaluación de riesgos y seguridad técnica

  • La guía AEPD exige análisis de riesgos, registro de actividades de tratamiento, medidas de seguridad técnica (contraseñas, restricciones de acceso). AEPD+1

 

Errores frecuentes que puedes evitar en 2025

  • Instalar cámaras sin aprobación por junta de propietarios → riesgo de nulidad del sistema o sanción.

  • No informar adecuadamente a todos los vecinos de la existencia del sistema.

  • Grabar áreas no autorizadas (vía pública, viviendas adyacentes).

  • No definir documento de seguridad ni encargado de tratamiento.

  • No revisar el plazo de almacenamiento y dejar grabaciones mucho tiempo sin motivo legítimo.

 

Buenas prácticas recomendadas para tu comunidad

  • Incluir en el acta de la junta detalladamente la instalación: ubicación, finalidad, quién accede a grabaciones.

  • Actualizar el reglamento interno cada 1-2 años con los avances tecnológicos (alta definición, acceso remoto), y revisar la política de videovigilancia.

  • Contratar mantenimiento externo profesional para asegurar que el sistema respeta la normativa y está operativo.

  • Formar al personal de mantenimiento/conserjería sobre quién puede acceder a las imágenes y cómo proteger datos personales.

  • Realizar auditoría interna al menos una vez al año: comprobar carteles, accesos, almacenamiento, incidencias.

 

FAQ – Preguntas y respuestas rápidas

¿Puede instalarse una cámara en el garaje comunitario?
Sí, siempre que sea zona común autorizada por la comunidad y no capture zonas no permitidas. Forlopd+1

¿Cuánto tiempo pueden conservarse las imágenes?
No existe un plazo único, pero 30 días suele considerarse estándar a menos que haya motivo para conservar más tiempo. El País+1

¿Puede cualquier vecino acceder a las grabaciones?
No. Solo las personas autorizadas, según el consentimiento de la comunidad, pueden acceder. Securitas Direct

¿Qué sucede si se capta la vía pública por error?
Debe instalarse una máscara de privacidad u otro sistema que impida la captación de la vía pública; de lo contrario, puede considerarse infracción. AEPD

 

Conclusión

En 2025, la videovigilancia en comunidades de propietarios no solo exige que el sistema sea técnicamente funcional, sino que cumpla estrictamente con la normativa legal y de protección de datos.

Para el presidente, el administrador o el responsable de mantenimiento, esto implica: aprobación formal, información clara, acceso restringido y revisión periódica.

Una gestión adecuada protege tanto a los residentes como a la comunidad frente a incidencias legales o de seguridad, y refuerza la tranquilidad colectiva.

 

Enlaces internos sugeridos

 

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