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8 consejos para elegir la video-vigilancia en comunidades

Está demostrado que la video-vigilancia es un sistema que aumenta la seguridad de las comunidades de vecinos. Un sistema bien definido, diseñado e instalado permite proteger bien cualquier finca. Las cámaras de CCTV permiten disuadir a los ladrones, evitar actos vandálicos y mejorar la convivencia entre vecinos, pero todo parte de un proyecto bien definido.

Sin embargo, conviene tener en cuenta algunos aspectos a la hora de elegir el sistema más adecuado. El primero de ellos es confiar en una empresa especializada y con experiencia como Digital Mantenimientos. De todos modos, no está de más conocer algunas claves que pueden ayudar a sacar el máximo partido a la videovigilancia para incrementar la tranquilidad y la seguridad de las comunidades de vecinos.

Consejos para mejorar la seguridad de las comunidades de vecinos con el CCTV

1. Elegir la empresa adecuada

Escoja una empresa que cuente con los avales y la certificación necesaria para realizar la instalación. Sea cual sea la inversión que aprueben los vecinos, confiar el proyecto a una firma especializada y reconocida es garantía de éxito. Así logrará una instalación de video-vigilancia optimizada.

2. Seleccionar los componentes idóneos para sus necesidades

No es lo mismo proteger con video-vigilancia un vestíbulo que tener que hacer lo mismo con el parking, las zonas exteriores o el jardín. Por consiguiente, es indispensable analizar bien las necesidades y escoger los equipos y cámaras que mejor puedan cubrirlas. No todas las cámaras son iguales, de modo que lo mejor es dejarse asesorar por técnicos profesionales.

3. ¿Dónde coloco las cámaras?

Es indispensable pensar bien la ubicación de las cámaras para que el sistema sea eficaz. De nada sirve instalar los mejores y más avanzados dispositivos si no cubren toda el área que queremos proteger. Si deseamos aumentar la seguridad de las comunidades de vecinos, el lugar donde coloquemos las cámaras es fundamental.

4. Grabe las imágenes

El poder disuasorio de la video-vigilancia es importante. Sin embargo, si quiere proteger de verdad una comunidad de vecinos, es indispensable contar con sistemas de grabación de imágenes. Una solución de grabación que almacene las imágenes –generalmente en un armario de seguridad– tiene grandes ventajas. Permitirá resolver los problemas sufridos y ayudará a la policía en su investigación si se produce algún tipo de robo. Tenga en cuenta que los sistemas de grabación de seguridad están diseñados para trabajar sin fallo las 24 horas del día y los 365 días del año.

5. Verifique su funcionamiento

Para que la eficacia de la videovigilancia sea máxima, el sistema no puede permitirse fallos. Se trata de una solución de seguridad que debe funcionar las 24 horas del día, por lo que es necesario disponer de algún sistema que monitorice que todo está siempre en perfecto estado y que nos prevenga o avise si se produce una avería.

6. Mantenimiento y revision

El mejor modo para garantizar el correcto funcionamiento del sistema de video-vigilancia es realizar revisiones periódicas sobre todos los elementos que lo componen. Lo mejor es contratar un servicio de mantenimiento con la empresa que realizó la instalación, aunque en Digital Mantenimientos podemos ocuparnos también de trabajos realizados por terceros. Con el mantenimiento, el coste de la video-vigilancia es mucho más asequible para las comunidades de vecinos.

7. Elija un sistema modular

Suele ocurrir que a la hora de aumentar la seguridad de las comunidades de vecinos, estas comiencen instalando la video-vigilancia para una parte de sus espacios. No es extraño que comiencen con el vestíbulo y luego se amplíe la estructura a otras zonas comunes.

Por eso es indispensable escoger un sistema escalable y que permite integrar nuevos elementos a medida que vayan siendo necesarios. Ahorrará un buen dinero sin perder calidad en el servicio.

8. Cumpla con la legislación en protección de datos

La video-vigilancia no puede instalarse sin tener en cuenta que está sujeta a la normativa de protección de datos. Las instalaciones deben tener paneles informativos que indiquen a las personas que están siendo vigiladas y/o grabadas, y no todo el mundo puede tener acceso a esas grabaciones.

En Digital Mantenimientos le ofreceremos una información completa para que la instalación de video-vigilancia se adecué a la normativa y evitar así que la comunidad puede recibir sanciones económicas que pueden llegar a ser importantes.

Confíe su video-vigilancia a Digital Mantenimientos

Si desea mejorar la seguridad de su comunidad con un sistema de video-vigilancia, no confíe en cualquiera. Recurra a una empresa solvente y con experiencia como Digital.

Infórmese sin compromiso contactando con nosotros e incremente su tranquilidad y la de sus vecinos con los sistemas de video-vigilancia y video-grabación más completos, al mejor precio y con todo el servicio de mantenimiento que necesitan. Y, si lo desea, puede calcular online el coste de su instalación de videovigilancia.

 

NORMAS BÁSICAS PARA LA INSTALACIÓN DE CÁMARAS  EN  COMUNIDADES  DE  PROPIETARIOS

CONSENTIMIENTO PARA LA INSTALACIÓN

Para la instalación de cámaras en zonas comunes será necesario el acuerdo de la Junta de Propietarios  que quedará reflejado en las actas de dicha Junta.

Se recomienda que en el acuerdo se reflejen algunas de las características del sistema de video-vigilancia, como el número de cámaras o el espacio captado por las mismas.

GRABACIÓN DE IMÁGENES: FICHERO

Siempre que vayan a grabarse imágenes de  personas, y previamente a su captura, se procederá  a la inscripción del fichero en el Registro General de  Protección de Datos de la Agencia Española de  Protección de Datos (AEPD), que se realizará mediante el sistema

NOTA: La AEPD ofrece en su web un modelo para la  inscripción de ficheros de video-vigilancia.

DEBER DE INFORMACIÓN

Se instalarán en los distintos accesos a la zona video-vigilada y, en lugar visible, uno o varios  carteles que informen de que se accede a una zona  video-vigilada. El cartel indicará de forma clara la  identidad del  responsable de la instalación y ante  quién y dónde dirigirse para ejercer los derechos  que prevé la  normativa de protección de datos. La  AEPD dispone de un  modelo  de cartel.

Así mismo, se pondrá a disposición de los afectados la restante información que exige la legislación de protección de datos. La  AEPD dispone de un modelo para su descarga y cumplimentación.

La información puede estar disponible en conserjería, recepción, oficinas, tablones de anuncios o ser accesible a través de internet.

Si se pretende que las imágenes puedan ser utilizadas para el control de los trabajadores, conserjes, limpieza, ETC, existen requisitos adicionales que hay que cumplir, por lo que se recomienda consultar la ficha práctica de video-vigilancia número VI: Cámaras para el control empresarial.

INSTALACIÓN

Las cámaras o lo podrán captar imágenes de las zonas comunes de la comunidad. No podrán captarse imágenes de la vía pública a excepción de una franja mínima de los accesos al inmueble. Tampoco podrán captarse imágenes de terrenos y viviendas colindantes o de cualquier otro espacio ajeno.

Si se utilizan cámaras orientables y/o con zoom, será necesaria la instalación de máscaras de privacidad para evitar captar imágenes de la vía pública, terrenos y viviendas de terceros.

La contratación de un servicio de video-vigilancia externo o la instalación de las cámaras por un tercero no exime a la comunidad del cumplimiento de la legislación de protección de datos.

MONITORES Y VISUALIZACIÓN DE IMÁGENES

El acceso a las imágenes estará restringido a las personas designadas por la comunidad de propietarios. En ningún caso estarán accesibles a los vecinos mediante canal de televisión comunitaria.

Si el acceso se realiza con conexión a internet, se restringirá con un código de usuario y una contraseña (o cualquier otro medio que garantice la identificación y autenticación unívoca), que sólo serán conocidos por las personas autorizadas a acceder a dichas imágenes.

Una vez instalado el sistema, se recomienda el cambio de la contraseña, evitando las fácilmente deducibles.

SISTEMA DE GRABACIÓN

El sistema de grabación se ubicará en un lugar vigilado o de acceso restringido. A las imágenes grabadas accederá sólo el personal autorizado, que deberá introducir un código de usuario y una contraseña.

Las imágenes serán conservadas durante un plazo máximo de un mes desde su captación.

Las imágenes que se utilicen para denunciar delitos o infracciones se acompañarán a la denuncia y será  posible su conservación para ser entregadas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o a los Juzgados y Tribunales que las requieran. No podrán utilizarse para otro fin.

La petición de imágenes por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad se realizará en el marco de actuaciones judiciales o policiales. El requerimiento al titular del fichero será el documento que ampare a este para ceder datos a las mismas o a los Juzgados y Tribunales que lo requieran.